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Un gran avance en defensa de las trabajadoras y trabajadores

En junio del 2019, durante el Centenario de la OIT, se aprobó en el seno de la Organización el Convenio 190 sobre la violencia y el acoso. Un acuerdo fruto de una dura negociación, donde los compañeros y compañeras llevaron a cabo una dura batalla para conseguirlo. El papel de UGT fue clave, siendo los primeros en pedir su ratificación y apoyado, enseguida, por la entonces Ministra de Trabajo, Seguridad Social y Migraciones, Magdalena Valerio. Hoy, debemos celebrar que España se convierte en uno de los primeros países en ratificarlo.

Este Convenio es de gran importancia, puesto que determina importantes obligaciones de los Estados que lo ratifiquen para el caso de violencia o acoso en el mundo del trabajo, y para la violencia y acoso por razón de género.

Esencial es el amplísimo ámbito de aplicación del mismo, puesto que ampara ”las personas que trabajan, cualquiera que sea su situación contractual –asalariados o no-, las personas en formación, incluidos los pasantes y los aprendices, los trabajadores despedidos, los voluntarios, las personas en busca de empleo y los postulantes a un empleo” y establece obligaciones, no solo para el empresario, sino también, para los individuos que ejercen la autoridad, las funciones o las responsabilidades de un empleador.

Pero no solo eso. Este Convenio insta a “reconocer los efectos de la violencia doméstica y, en la medida en que sea razonable y factible, mitigar su impacto en el mundo del trabajo”.

El Convenio 190 va más allá de la tradicional referencia a los centros de trabajo, al entender la existencia de una débil frontera en estas materias entre los ámbitos personal y profesional si se desea llevar una política eficiente. Establece un conjunto de obligaciones de gran calado para el Estado que lo ratifique, es decir, el caso ahora de España. Entre ellas, os podemos destacar las siguientes:

  • La necesaria identificación de los peligros y evaluar los riesgos de violencia y acoso, con participación de los trabajadores y sus representantes.
  • Incluir medidas de protección de los denunciantes, las víctimas, los testigos y los informantes frente a la victimización y las represalias.
  • El necesario establecimiento de medidas de recurso, reparación y asistencia de la víctima de la violencia o acoso (indemnización, derecho al reingreso ante el despido, órdenes de alejamiento…).
  • Establecimiento de mecanismos que permitan la presentación de quejas y de solución de conflictos en casos de violencia y acoso por razón de género.
  • La necesaria formación específica a los inspectores del trabajo y los agentes de otras autoridades competentes.
  • La importancia de la negociación colectiva para abordar la prevención de este tipo de conductas.

En suma, un texto vital para las personas que puedan sufrir este tipo de delitos y que requerirá un esfuerzo de importancia en nuestro Estado para su aplicación.

Para nosotros, se trata de un paso importante, y es necesario destacar el papel que juega España en todo esto. De hecho, nuestro país es el que más convenios de la OIT ha ratificado. Sin embargo, aún faltan algunos de ellos que son muy importantes. Por ejemplo, debemos destacar el C118, convenio relativo a la igualdad de trato de nacionales y extranjeros en materia de seguridad social; el C168, Convenio sobre el fomento del empleo y la protección contra el desempleo; C171 sobre el trabajo nocturno, C175 sobre el trabajo a tiempo parcial; C177 sobre el trabajo a domicilio; C183 sobre la protección de la maternidad; C189 sobre las trabajadoras y los trabajadores domésticos; o el Protocolo 155 de 2002 relativo al Convenio sobre seguridad y salud de los trabajadores.

Desde UGT, consideramos que el Gobierno actúa de forma correcta apoyando esta iniciativa de ratificar el Convenio, sin embargo, y en coherencia, pedimos que lo haga con los demás ya citados, también fundamentales, y fruto del acuerdo y del diálogo entre las partes. Así como también instamos al Congreso y a todas las fuerzas políticas que se implique en ello.

Pero, además, pedimos que, tanto en el proceso de ratificación como en su posterior desarrollo legal, se tenga en cuenta a los interlocutores sociales, que son los que hemos elaborado éstos convenios con consenso y duro trabajo, y dentro del espíritu de la OIT, organización de la que además somos mandantes.

Sólo respetando este espíritu, se estará dando toda la extensión y significado al sentido de una organización única como la Organización Internacional del Trabajo.

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