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CASO ALCOA. Una magnífica Sentencia, una pésima regulación

Es hora de terminar con esta situación y que el Gobierno cumpla con sus promesas. El despido colectivo debe ser adecuado en su regulación a la trascendencia de esa medida.

La reciente Sentencia de la Sala de lo Social de Galicia, 48 /2020 17 de diciembre de 2020, que ha resuelto -aunque me temo que de forma no definitiva- la demanda de despido colectivo denominada como caso ALCOA, ha sido una gran noticia. Es el fruto de una magnifica y minuciosa labor judicial pero también de la perseverancia y fortaleza de unas organizaciones sindicales que han mostrado, no ya su máxima utilidad para la clase trabajadora a la que representan, sino su importante papel como garantes del sostenimiento del tejido productivo en los diferentes territorios de este país.

 

Sin embargo, no es solo es una buena noticia, es una muestra más de los deleznables efectos de la reforma laboral del 2012. La decisión unilateral empresarial tomada por el GRUPO ALCOA no hubiera sido posible sin las sucesivas reformas de la legislación sobre el despido colectivo que culminaron en la aberrante regulación propiciada por el Partido Popular.

 

Es hora de finalizar con esta situación y que el Gobierno cumpla con sus promesas. El despido colectivo debe ser adecuado en su regulación a la trascendencia de esa medida. Sus causas deben ser reformuladas para que reflejen las situaciones de máxima gravedad. El papel de la Autoridad Laboral tiene que ser fortalecido y el acuerdo con la representación de las personas trabajadoras, potenciado y protegido.
Lo contrario, nos puede proporcionar cientos de ALCOAS en un futuro inmediato. No estamos dispuestos a ello.

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